Si te han despedido o ha terminado tu contrato, la primera pregunta después del finiquito es siempre la misma: ¿cuánto paro me queda y durante cuánto tiempo? Con esta calculadora puedes estimar tu prestación contributiva por desempleo en menos de un minuto: introduce los días que has cotizado, tu base de cotización media y los hijos a tu cargo, y obtendrás la duración, la cuantía mensual y el total aproximado.
Cálculo orientativo con carácter informativo para la prestación contributiva por desempleo. No contempla contratos a tiempo parcial, intermitencias, subsidios ni cargas familiares especiales. Los topes se calculan con el IPREM vigente (600 €/mes) y pueden variar cada año. La cuantía real la determina el SEPE con tus bases exactas de cotización.
Requisitos para cobrar el paro contributivo
Para tener derecho a la prestación por desempleo (el «paro» propiamente dicho) necesitas cumplir dos condiciones:
- Haber cotizado por desempleo al menos 360 días en los 6 años anteriores a quedarte en paro. Se suman las cotizaciones de todos tus empleos, aunque hayan sido en empresas distintas o con contratos encadenados.
- Estar en situación legal de desempleo: despido, fin de contrato, ERE, suspensión o reducción de jornada. La baja voluntaria, salvo contadas excepciones, no da derecho a paro.
Los días cotizados se comprueban en tu informe de vida laboral, que se descarga gratis en la sede electrónica de la Seguridad Social.
Cuánto dura el paro según lo cotizado
La duración de la prestación depende exclusivamente de los días cotizados en los últimos 6 años. Esta es la tabla oficial:
| Días cotizados | Duración del paro |
|---|---|
| 360 – 539 | 120 días (4 meses) |
| 540 – 719 | 180 días (6 meses) |
| 720 – 899 | 240 días (8 meses) |
| 900 – 1.079 | 270 días (9 meses) |
| 1.080 – 1.259 | 300 días (10 meses) |
| 1.260 – 1.439 | 330 días (11 meses) |
| 1.440 – 1.619 | 360 días (12 meses) |
| 1.620 – 1.799 | 390 días (13 meses) |
| 1.800 – 1.979 | 420 días (14 meses) |
| 1.980 – 2.159 | 450 días (15 meses) |
| 2.160 – 2.339 | 480 días (16 meses) |
| 2.340 – 2.519 | 510 días (17 meses) |
| 2.520 – 2.699 | 540 días (18 meses) |
| 2.700 – 2.879 | 570 días (19 meses) |
| 2.880 – 3.059 | 600 días (20 meses) |
| 3.060 – 3.239 | 630 días (21 meses) |
| 3.240 – 3.419 | 660 días (22 meses) |
| 3.420 – 3.599 | 690 días (23 meses) |
| 3.600 o más | 720 días (24 meses) |
Cuánto se cobra de paro
La cuantía se calcula sobre la base reguladora: la media de tus bases de cotización por contingencias profesionales (desempleo) de los últimos 180 días. En la nómina aparece como «B.C.C.P.» o «base contingencias profesionales» y suele ser algo superior al salario bruto mensual porque incluye la prorrata de las pagas extra.
- Primeros 180 días: el 70 % de la base reguladora.
- Desde el día 181: el 50 % de la base reguladora.
El resultado está limitado por unos topes que dependen de los hijos a cargo y del IPREM:
| Situación | Máximo mensual | Mínimo mensual |
|---|---|---|
| Sin hijos | 1.225 € | 560 € |
| Con 1 hijo a cargo | 1.400 € | 749 € |
| Con 2 o más hijos | 1.575 € | 749 € |
Se considera «hijo a cargo» al menor de 26 años (o con discapacidad) que conviva contigo y cuyos ingresos no superen el salario mínimo interprofesional.
Si no llegas a los 360 días cotizados
Sin el mínimo no hay prestación contributiva, pero puedes optar a un subsidio por desempleo. Los más habituales: por cotización insuficiente (si tienes cargas familiares basta con 3 meses cotizados; sin cargas, 6), para mayores de 52 años, y el subsidio por agotamiento de la prestación. Todos se gestionan en el SEPE.
Preguntas frecuentes
¿Cobro paro si me despido yo o pido la baja voluntaria?
Como regla general, no. La baja voluntaria no es situación legal de desempleo. Sí puedes cobrar si el contrato termina por despido, fin de contrato temporal, despido objetivo, ERE o porque la empresa incumple gravemente (impagos reiterados, modificaciones abusivas de condiciones resueltas judicialmente).
¿Cuándo empiezo a cobrar y cuánto tardo en pedirlo?
Tienes 15 días hábiles desde que termina el contrato para solicitarla; ese es también el plazo para impugnar el despido, y no son incompatibles. Primero debes inscribirte como demandante de empleo en tu servicio autonómico y después presentar la solicitud en el SEPE (online con certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico). La primera nómina del paro se cobra el día 10 del mes siguiente.
¿Puedo trabajar mientras cobro el paro?
Sí, pero con límites: puedes compatibilizarla con trabajos a tiempo parcial (se descuenta la parte proporcional) y con el subsidio de apoyo al emprendimiento si te haces autónomo. Un contrato a jornada completa suspende la prestación, que se reanuda al finalizar si no la has agotado.
¿El paro cuenta para la jubilación?
Sí. Mientras cobras la prestación contributiva el SEPE sigue cotizando por ti a la Seguridad Social por el 100 % de tu base reguladora.
Y antes del paro: el finiquito
Si acaban de despedirte, lo primero que te pagan es el finiquito (salario pendiente, vacaciones no disfrutadas y pagas extra) más la indemnización si procede. Calcúlalo con nuestra calculadora de finiquito e indemnización y comprueba que la empresa no te quede a deber. Si quieres entender cuánto te corresponde por el despido, lee la guía completa de indemnización por despido.