Son las dos vías que la empresa tiene para despedirte y la diferencia económica es enorme: el objetivo paga 20 días por año; el disciplinario, 0 si es procedente. Entender por qué tu empresa elige una u otra — y cómo impugnarla — es la clave para no quedarte con menos de lo que te corresponde.
Despido objetivo: causas económicas u organizativas
La empresa alega causas ajenas a tu conducta: económicas, técnicas, organizativas o de producción, o tu ineptitud sobrevenida conocida tras la contratación.
- Indemnización: 20 días por año (tope 12 mensualidades), que debe ponerse a tu disposición en el momento de la entrega de la carta.
- Preaviso de 15 días — si falta, el despido es improcedente.
- Si las causas no se acreditan o falta la indemnización simultánea → improcedente → 33 días.
Despido disciplinario: tu conducta como causa
La empresa alega un incumplimiento grave y culpable del trabajador: faltas de asistencia, indisciplina, ofensas, abuso de confianza, deslealtad, embriaguez, acoso…
- Indemnización: 0 días si es procedente — solo el finiquito.
- No exige preaviso ni indemnización simultánea.
- La empresa debe acreditar los hechos y su gravedad: si la falta no llega al umbral que exige el Estatuto o el convenio, el despido se declara improcedente.
La comparativa directa
| Objetivo | Disciplinario | |
|---|---|---|
| Causa | Económica/organizativa o ineptitud | Incumplimiento grave del trabajador |
| Preaviso | 15 días | No |
| Indemnización si procedente | 20 días/año (tope 12 mens.) | 0 |
| Indemnización si improcedente | 33 días/año (tope 24 mens.) | |
| Pago simultáneo exigido | Sí | No |
Por qué a las empresas les interesa el disciplinario
Es simple: el disciplinario procedente no cuesta indemnización. Por eso muchas cartas alegan causas disciplinarias dudosas — faltas de puntualidad discutibles, «bajo rendimiento» mal documentado — cuando la realidad era un ajuste de plantilla. Si la causa disciplinaria no se acredita ante el juez, el despido cae a improcedente y la factura sube a 33 días por año, más las costas si la empresa pierde en conciliación.
Cómo impugnar cada uno
- Objetivo: revisa si se cumplió el preaviso y si la indemnización se puso a disposición en el momento — los fallos de forma son la vía más rápida a la improcedencia.
- Disciplinario: la empresa solo puede defender los hechos de la carta. Reúne pruebas (control de fichajes, correos, testigos) para contrarrestar los hechos alegados.
- En ambos: firma «no conforme», papeleta SMAC en 20 días hábiles y calcula primero lo que te corresponde con la calculadora.
Preguntas frecuentes
¿Puede la empresa cambiar la causa después?
No: en juicio solo puede defender la causa puesta en la carta de despido. Un «segundo intento» con otra causa fuera de plazo no es válido.
¿El despido objetivo da derecho a paro?
Sí, igual que el disciplinario. Toda extinción decidida por la empresa genera situación legal de desempleo.
¿Y si alegan ambas causas a la vez?
Pueden alegarse causas alternativas en la carta, pero la empresa tendrá que acreditarlas. Un disciplinario encubierto de objetivo (o al revés) es una de las impugnaciones más habituales.
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